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AYUDAS DISPONIBLES

Ayudas entre cuyos programas o líneas recogen el fomento de actuaciones en materia de ahorro de energía, disminución de emisiones de gases contaminantes o mejora energética de procesos o equipos.

1 Ayudas a empresas de fabricación y/o montaje de elementos o equipos renovables.  solicitudes desde el 25/09/2024 hasta el 06/11/20
2 Ayudas para instalaciones de generación y almacenamiento con renovables e instalaciones de aerotermia solicitudes desde el 30/09/2024 hasta el 18/11/2024
3 Programa CE IMPLEMENTA - Ayudas para el fomento de Comunidades Energéticas

solicitudes desde el 19/09/2024 hasta el 31/10/2024

4 Ayudas para Obras de Eficiencia Energética en Colegios 

solicitudes desde el 16/08/2024 hasta 16/11/2024

5 Mejora de la Competitividad y calidad de las empresas Turísticas de Extremadura

solicitudes desde el 03/09/2024 hasta 31/10/2024

6 Movilidad Sostenible -  MOVES III

solicitudes hasta 31/12/2024

7 Ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes del sector del comercio al por menor

solicitudes desde el 11/10/2024 hasta 31/07/2025


 

1

Orden TED/788/2024, de 24 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos de cadena de valor renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU

  • BDNS 778566 - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas 
  • Extracto Resolución de Convocatoria 
  • Importe de financiación convocado:  750.000.000 €
  • Tipo de convocatoria:   Concurrencia competitiva
  • Plazo de solicitud desde el 25/09/2024 hasta el 06/11/2024
  • Órgano convocante: INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y EL AHORRO DE LA ENERGÍA - IDAE
  • Presentación de solicitudes: SEDE ELECTRÓNICA DEL IDAE - https://sede.idae.gob.es/
  • Actuaciones protegidas en materia de energía
    • Almacenamiento eléctrico: Fabricación y ensamblaje de baterías, celdas de baterías y “battery packs”. No se incluyen las baterías que tengan por objeto principal su uso para movilidad eléctrica.
    • Energía solar fotovoltaica: Fabricación y ensamblaje de paneles solares.
    • Energía eólica: Fabricación y ensamblaje de turbinas eólicas.
    • Bombas de calor: Fabricación y ensamblaje de bombas de calor.
    • Hidrógeno renovable: Fabricación y ensamblaje de electrolizadores.
  • Beneficiarios: Cualquier PERSONA JURÍDICA PÚBLICA O PRIVADA que realice la actividad que fundamente la concesión.
  • CANAL DE INFORMACIÓN DEL ÓRGANO CONVOCANTE  -  IDAE. AYUDAS Y FINACIACIÓN. CADENA DE VALOR INDUSTRIAL DE ENERGÍAS RENOVABLES Y ALMACENAMIENTO

 

2

Orden TED/765/2024, de 22 de julio, por la que se establecen bases reguladoras para concesión de ayudas a inversión proyectos innovadores de EERR y almacenamiento, así como a implantación de sistemas térmicos renovables (Programa EERR innovadoras), PRTR

  • BDNS 778761 - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas 
  • Extracto Resolución de Convocatoria 
  • Importe de financiación convocado:  250.000.000 €
  • Tipo de convocatoria:   Concurrencia competitiva
  • Plazo de solicitud desde el 30/09/2024 hasta el 18/11/2024
  • Órgano convocante: INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y EL AHORRO DE LA ENERGÍA - IDAE
  • Presentación de solicitudes: SEDE ELECTRÓNICA DEL IDAE - https://sede.idae.gob.es/
  • Actuaciones protegidas en materia de energía
    • Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento.

          - Subprograma 1.1: Agrivoltaica intercalada con el cultivo.
          - Subprograma 1.2: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo 2 m ≤ h ≤ 4 m.
          - Subprograma 1.3: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo h > 4 m

    • Programa de incentivos 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento.
    • Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras.
    • Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento con participación de consumidores vulnerables.
    • Programa de incentivos 5: Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables. - ¡¡ TAMBIÉN PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS para instalaciones de más de 70 kW ¡¡
  • Beneficiarios: 
    • Cualquier PERSONA JURÍDICA PÚBLICA O PRIVADA o las agrupaciones de estas, aun sin personalidad jurídica.
    • COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
  • CANAL DE INFORMACIÓN DEL ÓRGANO CONVOCANTE  -  IDAE. AYUDAS Y FINACIACIÓN. PROGRAMA DE ENERGÍAS RENOVABLES INNOVADORAS.

 

3

Orden TED/764/2024, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del nuevo programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE implementa), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU

  • BDNS 778286 - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas 
  • Extracto Resolución de Convocatoria 
  • Importe de financiación convocado:  90.000.000 €
  • Tipo de convocatoria:   Concurrencia competitiva
  • Plazo de solicitud desde el 19/09/2024 hasta el 31/10/2024
  • Órgano convocante: INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y EL AHORRO DE LA ENERGÍA - IDAE
  • Presentación de solicitudes: SEDE ELECTRÓNICA DEL IDAE - https://sede.idae.gob.es/
  • Actuaciones protegidas en materia de energía
    • I. Energías renovables eléctricas: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica, que deberá de contar obligatoriamente con almacenamiento.
    • II. Energías renovables térmicas: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica y sistemas de aprovechamiento. 
    • III. Eficiencia energética: mejora de la envolvente térmica para, edificios de titularidad pública o edificios o locales que sean propiedad de la comunidad energética. 
    • IV. Movilidad sostenible: bicicletas compartidas o vehículos eléctricos compartidos (propiedad de la comunidad energética) e infraestructura de recarga VE. 
    • V. Gestión de la demanda: sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores; agregación de la demanda térmica y sistemas de flexibilización.
  • Beneficiarios: Comunidades Energéticas (CER o CCE) validamente constituida PÚBLICAS O PRIVADAS.
  • CANAL DE INFORMACIÓN DEL ÓRGANO CONVOCANTE  -  IDAE. AYUDAS Y FINACIACIÓN. Programa CE IMPLEMENTA

 

4     

Ayudas para obras de eficiencia energética en colegios - Acuda a la Sección de Información sobre este Programa aquí

 

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DECRETO 90/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la competitividad y calidad de las empresas turísticas de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU, y se aprueba la primera convocatoria para 2024

  • BDNS 782651 - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas 
  • Extracto Resolución de Convocatoria 
  • Importe de financiación convocado:  2.500.000 €
  • Tipo de convocatoria:   Concesión directa mediante convocatoria abierta
  • Plazo de solicitud desde el 03/09/2024 hasta el 31/10/2024
  • Órgano convocante: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES de la Junta de Extremadura
  • Instruye: Servicio de Empresas, Inspección e Infraestructuras Turísticas de la Dirección General de Turismo
  • Presentación de solicitudes: REGISTRO GENERAL en SEDE ELECTRÓNICA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA - https://sede.gobex.es/SEDE/tramites
  • Actuaciones protegidas en materia de energía 
    • Implantación o adaptación de instalaciones de energías renovables, sistemas de ahorro energético y de agua, sistemas de depuración o reciclado de residuos, sistemas de reducción de la contaminación acústica o lumínica, sistemas de seguridad, sistemas contraincendios y mejora medioambiental del establecimiento en:
      • Alojamientos rurales.
      • Balnearios
      • Empresas de intermediación turística
      • Alojamientos Hoteleros, Extrahoteleros y de Restauración

Sólo serán subvencionables actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la subvención, no considerándose elegible ningún coste relativo a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con anterioridad

  • Importe de las ayudas
  1. 50 % (IVA excluido) de la inversión aceptada cuando el solicitante tenga la considera ción de pequeña empresa.
  2. 45 % (IVA excluido) de la inversión aceptada cuando el solicitante tenga la considera ción de mediana empresa.
  3. 40 % (IVA excluido) de la inversión aceptada cuando el solicitante tenga la considera ción de gran empresa

La cantidad máxima de la ayuda no superará los 70.000 euros por solicitud.

  • Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, comunidades de bienes, sociedades civiles, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado y sean propietarias, arrendatarias o concesionarias y que sean explotadoras de establecimientos destinados a empresas turísticas o a balnearios. 
  • CANAL DE INFORMACIÓN DEL ÓRGANO CONVOCANTE  -  Juntaex.es - Subvenciones a la competitividad y la calidad de las empresas turísticas

 

6

Acuda a la Sección de Información sobre este Programa aquí

 

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DECRETO 108/2024, de 3 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes del sector del comercio al por menor y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024-2025.

  • TRAMITAR EN LÍNEA 
  • Plazo de presentación: Desde: 11/10/2024 Hasta: 31/07/2025
  • Órgano Convocante: Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. 
  • Ordenación e Instrucción: Servicio de Comercio interior y Artesanía 
  • Finalidad: Apoyar proyectos de contenido tecnológico, innovador, integrador y sostenible, así como inversiones productivas, para mejorar su competitividad.
  • Destinatarios: Pequeñas y medianas empresas del sector comercio.
  • Procedimiento de Concesión: Concesión Directa mediante convocatoria abierta 
  • Requisitos

a) Que estén constituidos como pequeña o mediana empresa comercial que ejerza, con carácter principal una de las actividades comerciales minoristas detalladas en el anexo A del Decreto de bases y convocatoria.

Si en el establecimiento comercial se desarrollan actividades elegibles y no elegibles, tendrá el carácter de principal la actividad que suponga un mayor porcentaje de facturación.

El solicitante indicará la actividad principal de la empresa en el apartado correspondiente de la solicitud. No obstante, el órgano gestor podrá solicitar la información adicional que considere necesaria para su verificación.

b) Que el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda esté ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Actuaciones protegidas en materia de energía 
    • Inversiones tendentes a la optimización del consumo energético.
    • También serán subvencionables los gastos de elaboración de planes de ahorro energético, con un límite máximo de gasto de 1.000 euros.
    • En el caso de que la inversión consista en la instalación de placas solares el límite de gasto queda establecido en 6.000 euros.

Para el caso de que la inversión en las actuaciones anteriores, y otras definidas en el art. 3.1.2º del decreto de bases, tengan un importe superior a 5.000 €, también podrán ser consideradas como actuaciones protegidas obras o intervenciones en materia de accesibilidad y adquisiciones de mobiliario, decoración y equipamientos propios de la actuvidad.  

  • Cuantía:  Las ayudas reguladas en el presente Decreto consistirán en una subvención del 60% de los gastos elegibles, con un límite máximo global de ayuda por establecimiento de 30.000 euros. Si el proyecto se hace en localidades menores a 5000 habitantes, la intensidad de la ayuda será de un 75 %. El límite máximo de ayuda por establecimiento seguirá siendo de 30.000 euros. La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 3.000.000,00 euros, y su imputación presupuestaria es la siguiente: 1.500.000,00 euros con cargo al presupuesto de 2024 y 1.500.000,00 euros con cargo al presupuesto de 2025.

- Inversión mínima por actuación 1.500 €

- IVA subvencionable para solicitantes sujetos al régimen especial de recargo de equivalencia. 

  • Anticipo y Pago de las ayudas: 
    • Anticipo del 50% de la cuantía de la ayuda, una vez dictada y notificada la resolución favorable de la solicitud de ayuda
    • Pago del 50% restante una vez justificada la ejecución de las actuaciones para la que se solicitó la ayuda. 
  • Plazo de ejecución de la inversión:  Las actuaciones para las que se haya solicitado la ayuda podrán iniciarse el mismo día de presentación de la solicitud. La fecha de finalización corresponderá con el cronograma de ejecución presentado por el solicitante, no puediendo superar en ningún caso el plazo de 2 meses desde el fin de la vigencia de la convocatoria. 

El beneficiario deberá mantener el destino de los bienes que hayan sido objeto de subvención y aplicarlos a la finalidad prevista en la solicitud de concesión durante un periodo mínimo de cinco años a contar desde la justificación de la ejecución. Bajo determinadas condiciones los bienes no inscribibles podrán ser sustituidos por otro con el mismo destino y los bienes inscribibles podrán ser transmitidos a terceros con el compromiso de mantenimiento de su destino hasta el plazo indicado.

  • CANAL DE INFORMACIÓN DEL ÓRGANO CONVOCANTE Y MÁS INFORMACIÓN  -  Juntaex.es -